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¿Cuándo se cobra el 100% de la baja?

Cuándo cobraré el 100% de la baja: lo puedo saber desde la web de la Seguridad Social

Como todo el mundo sabe, estar de baja laboral quiere decir que como trabajadores en activo, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, no podemos trabajar porque tenemos una enfermedad o hemos sufrido un accidente.

Aquí es necesario tener en cuenta distinguir los siguientes conceptos, porque más adelante hablaremos sobre ellos:

  • Enfermedad común
  • Enfermedad profesional
  • Accidente

Pero, lo que quizá se nos pasa por alto al pensar en este término es que para considerarnos como trabajadores de baja tenemos que recibir la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

Por lo que, para pedir la baja, de manera comprensible es necesario ser afiliado o estar dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Y un requisito que no es por todos conocido del sistema de pagos es haber cotizado como mínimo 180 en los cinco años anteriores al suceso en caso de que la baja sea por enfermedad común. Por el contrario, si la baja tiene lugar por causa de un accidente, no hace falta haber cotizado un mínimo de días por periodo.

¿Cuándo cobraré el total de la baja?

– Estoy de baja. Lo más importante es recuperarse bien. Pero… ¿Cuándo me pagarán? Porque el dinero sigue siendo necesario para vivir, gastos sigo teniendo los mismos…

Si has estado de baja, seguro que has tenido esta conversación mental contigo mismo.

Y es que esta pregunta no tiene una respuesta general. Tendrás que acudir al convenio laboral que te corresponde para saberlo.

Pero, por norma general, estos son los mínimos, sea cual sea tu trabajo y el convenio por el que se regule:

  • En los tres primeros días de tu baja no recibes nada
  • De los siguientes 4 a 20 días tienen la obligación de pagarte el 60% de la base reguladora
  • Desde el día 21 recibirás el 75% de tu salario (base reguladora)

¿Y qué es eso de la base reguladora? Es una cifra. Para conocerla, coge tu última nómina y verás un epígrafe en el que se indican las bases de cotización de contingencias comunes, también conocido como enfermedad común, o contingencias profesionales, llamado enfermedad profesional o accidente laboral.

Algunos convenios laborales dan la obligación de pagar el 100% de la base, así que en tu caso puede que tengas este derecho.

Pero, hay que tener en cuenta otro aspecto. Y es el motivo de tu baja laboral. Si la causa es una enfermedad profesional o que has sufrido un accidente laboral:

  • El primer día te pagan el 75% de la base reguladora
  • Desde que comienzas tu segundo día de baja, el porcentaje es el mismo: 75%. Pero el pagador será la mutua.

Así que el 100% de la baja lo cobrarás o no dependiendo de cuál sea el convenio que regule tu

Cuándo se cobra más estando de baja por accidente

Como hemos dicho en el párrafo anterior, a no ser que tu convenio diga otra cosa, siempre por encima de lo estipulado por norma general, cobrarás como mínimo un 75% desde el primer día de tu baja hasta el último.

Eso sí, si quieres saber si esta cantidad es mayor, debes acudir a tu convenio laboral y fijarte en esta condición.

¿Cuánto se cobra estando de baja en el trabajo?

– Y… ¿Cuánto me van a pagar? Porque si ya me viene justo con lo que cobro en el trabajo… Como no llegue a ser el total de mi salario no sé cómo nos las vamos a apañar.

¿Se cobra el 100% al estar de baja laboral?

Se podría llegar a cobrar, en caso de que el convenio laboral así lo diga.

En caso contrario, es decir, si tu convenio no estipula nada, hay que tener en cuenta la causa de la baja:

  • Si se trata de una baja laboral por accidente en el trabajo, como mínimo cobrarás el 75% de tu base reguladora desde el primer día.
  • Si estás de baja por enfermedad común, es decir no laboral ni relacionada con tu puesto de trabajo, cobrarás a partir del cuarto día. Del día 4 de tu baja al día número 20 te pagarán el 60% de tu base reguladora. Y a partir del día 21, el 75%.

¿Cómo cobrar el 100% de la baja?

Si tu convenio así lo indica, cobrarás el 100% según lo mandado por la ley.

De lo contrario, solo te queda contratar un seguro privado que cubra hasta el 100% de tu baja.

¿Cuánto me descuentan de la nómina por estar de baja por enfermedad?

  • Durante los días primero, segundo y tercero de estar de baja, no te pagan nada
  • Entre los días 4º y 20º tienen la obligación de pagarte el 60% de la nómina
  • Desde el día 21º recibirás el 75% de la base reguladora

¿Cuánto te pagan después de un año de baja?

Cuando ya llevamos 12 meses de baja, el INSS nos llamará para hacer una revisión.

Aquí pueden suceder tres cosas:

  • Que te prorroguen la baja laboral con un máximo de 18 meses.
  • Que te den el alta y tengas que volver a tu trabajo
  • Que te propongan para ser incapacitado de forma permanente.

En el caso de que te alarguen la baja laboral seguirás cobrando lo mismo que hasta el momento. Es decir, el 75% de la base reguladora que aparece en tu nómina, si tu convenio colectivo no dice lo contrario.

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